Modifican artículos del Código Penal / Ley N° 28820

Ley N° 28820

Mediante la presente Ley se modifican los siguientes artículos del Código Penal:

  • Artículo 281°: Atentado contra la seguridad común;
  • Artículo 283°: Entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos; y,
  • Artículo 315°: Disturbios.
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