Modifican el Artículo 4 del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS)

RESOLUCION MINISTERIAL N° 186-2018-PCM

 

Se ha publicado la modificación del artículo 4 del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), aprobado mediante Acta N° 002-2016-PCM/ST-CIAS de fecha 07 de setiembre de 2016 por la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); el cual queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 4.- Integrantes

La CIAS está integrada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Estado de los siguientes sectores:

  1. a) Ministerio de Economía y Finanzas;
  2. b) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
  3. c) Ministerio de Educación;
  4. d) Ministerio de Salud;
  5. e) Ministerio de Agricultura y Riego;
  6. f) Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
  7. g) Ministerio de la Producción;
  8. h) Ministerio de Energía y Minas;
  9. i) Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
  10. j) Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
  11. k) Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
  12. l) Ministerio de Cultura;
  13. m) Ministerio de Defensa;
  14. n) Ministerio del Ambiente;
  15. o) Ministerio del Interior; y,
  16. p) Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

El cargo de miembro de la CIAS es de carácter personalísimo, debiendo ser ejercido únicamente por Ministros de Estado.

Los Ministros de Estado se consideran miembros natos de la CIAS desde la fecha de vigencia de su nombramiento a través de Resolución Suprema, de conformidad con el artículo 122 de la Constitución Política del Perú, y su cese se produce a partir de la vigencia de la Resolución Suprema correspondiente”.

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