Ley que Precisa los Casos de Pérdida de Patria Potestad

 LEY N° 29194

Mediante esta ley se establecen algunas adiciones y modificaciones al Código Penal en lo referente a las agravantes previstas para los artículos 173, 173 -A,  176-A, 179, 181, 181- A; al  Código de Niños y adolescentes en su artículo 75 y al Código Civil en su artículo 471.

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