Ley que modifica el numeral 9 del Artículo 282 de la Ley 26702, sobre las empresas afianzadoras y de garantías.

Ley N° 29850

Modifican  el numeral 9 del artículo 282 de la Ley 26702, Ley General de Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, sobre las empresas afianzadoras y de garantías.

La norma dispone un plazo de 120 días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ley a fin de que la SBS proponga y/o emita los dispositivos necesarios para regular las empresas afianzadoras y de garantías.

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