LEY QUE MODIFICA EL CUARTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 53 Y EL ARTÍCULO 81 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1278, DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

LEY
Nº 30552

Mediante la presente Ley, se modifican los siguientes artículos del Decreto Legislativo
1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos
Sólidos, con el texto siguiente:

 

· Cuarto párrafo del artículo 53:

Artículo 53.- Manejo integral
de los residuos sólidos municipales

(…)

Los planes de residuos que diseñen e implementen las
municipalidades, deben considerar el proceso de caracterización de sus
residuos, contener objetivos concretos de segregación y valorización y tener un
enfoque de sostenibilidad con la finalidad de asegurar su calidad y continuidad
y promover el empleo local. Asimismo, deben involucrar la acción vecinal
responsable.

 

· Artículo 81:

“Artículo 81.- De las Infracciones
Administrativas

Constituyen
infracciones administrativas, el incumplimiento de las obligaciones contenidas
en el presente Decreto Legislativo, cuya tipificación se realiza en el
Reglamento, el cual prevé la aplicación de las sanciones a que se refiere el
artículo siguiente, según la gravedad de la infracción”.

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