RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2019-PCM
Mediante la mencionada norma , formalizan la instalación y conformación del Grupo de Trabajo, el cual tiene por objeto realizar acciones de coordinación y monitoreo para abordar la problemática de las comunidades nativas de las provincias del ámbito de influencia de la actividad de hidrocarburos en las provincias de Loreto, Datem del Marañón y Requena del departamento de Loreto, en cuyo marco se incluyen los acuerdos que se derivan del Acta de la Reunión realizada en Lima el 30 de marzo de 2019, y las Actas de las Reuniones efectuadas en Iquitos los días 25 y 26 de abril de 2019.
Asimismo, este Grupo de Trabajo estará integrado de la siguiente manera:
- a) El Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, o su representante, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá;
- b) El Viceministro de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, o su representante;
- c) Un/a representante del Ministerio del Ambiente;
- d) Un/a representante del Ministerio de Cultura;
- e) Un/a representante del Ministerio de Salud;
- f) Un/a representante del Ministerio de Educación;
- g) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
- h) Un/ representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
- i) Un/ representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
- j) Un/a representante del Ministerio de la Producción;
- k) Un/a representante del Ministerio de Agricultura y Riego;
- l) Un/a representante del Ministerio de Economía y Finanzas;
- m) Un/a representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
- n) El Gobernador Regional de Loreto, o su representante;
- o) Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Loreto;
- p) Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Datem del Marañón;
- q) Un/a representante de la Municipalidad Provincial de Requena;
- r) Un/a representante de las municipalidades distritales de la Provincia de Loreto;
- s) Un/a representante de las municipalidades distritales de la Provincia de Datem del Marañón;
- t) Un/a representante de las municipalidades distritales de la Provincia de Requena;
- u) Un/a representante de Petróleos del Perú – PETROPERU S.A.;
- v) Un/a representante de PERUPETRO S.A.;
- w) Dos representantes de las Comunidades Nativas por cada una de las provincias de Loreto, Datem del Marañón y Requena, del departamento de Loreto.