Fijan cuotas de exportación de alpacas y llamas correspondientes al año 2011-06-06

R.M. N° 0214-2011-AG

Se fija como tope máximo de exportación de alpacas 600 ejemplares de los cuales solo 120 podrán tener una finura igual o mayor a 22 micras y la diferencia de mas de 24 micras. A su vez también se fija la cuota de exportación de llamas en 100 ejemplares

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