Fijan cargos máximos por corte del servicio de distribución de gas natural para la concesión de Lima y Callao, a ser cobrados al usuario final / Res. N° 371-2006-OS/CD

Res. N° 371-2006-OS/CD

Se fijan los cargos máximos en Nuevos Soles sin IGV, por corte del servicio de distribución de gas natural para la concesión de Lima y Callao, a ser cobrados por categorías al usuario final.
Las modalidades de corte son las siguientes:

Cierre del servicio para todas las categorías: Es aplicable en los casos en que se encuentre pendiente de pago dos (2) recibos o cuotas de dos (2) meses de servicios, debidamente notificadas.

Corte del servicio: Es aplicable en los casos que cuando correspondiendo realizar el cierre del servicio, el usuario impida el acceso al gabinete de acometida para ejecutar el cierre o el retiro de componentes de acometida; así como en los casos en los que el usuario impida el acceso al personal de la distribuidora para la revisión de las instalaciones internas, equipos y acometida del usuario y la toma de lectura de medidores. Asimismo, corresponderá este corte del servicio en caso el cliente hubiera efectuado una reconexión indebida luego del retiro de los componentes de su acometida.

Retiro de los componentes de la acometida: Será aplicable en los casos de consumo de gas natural sin contar con la previa autorización de la empresa concesionaria, vulneración de las condiciones de servicio, peligro en la seguridad de las personas o la propiedad de terceros, detección de instalaciones fraudulentas, daños a la acometida o al sistema de distribución causados por el consumidor, manipulación indebida de cualquier instalación de la distribuidora, reventa de gas natural a terceros y por causales de resolución de contrato.
Asimismo, se fijan los cargos máximos, en Nuevos Soles sin IGV, por reconexión del servicio de distribución de gas natural para la concesión de Lima y Callao, a ser cobrados por categorías al usuario final.

Las modalidades de reconexión son las siguientes:

Reconexión por cierre del servicio para todas las categorías: Comprende la reapertura de la válvula de entrada, verificación de entrada de gas a equipos y el precintado.

Reconexión por corte del servicio: depende de la categoría

Reinstalación de los componentes de la acometida: Para cada caso, se realizará un presupuesto particular que considere el trabajo complementario que involucre la normalización de la acometida con la reutilización del medidor, dependiendo de su estado de conservación. Los costos unitarios a emplear serán los considerados en la regulación de tarifas máximas de corte y reconexión.

Las categorías  para los cargos por corte del servicio de distribución y por reconexión son las siguientes:

  • A y B – Comerciales
  • B – Industriales y C
  • D y GNV

Además, las empresas de distribución de gas natural deberán remitir a OSINERG, previamente a su publicación, en cada oportunidad que se actualicen, los importes máximos de corte y reconexión aplicables a los usuarios del servicio público de distribución de gas natural, suscritos por su representante legal.
La presente resolución estará vigente hasta la siguiente fijación tarifaria que se realizará en la misma fecha que la fijación de tarifas de distribución de gas natural de Otras  Redes.

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