FE DE ERRATAS

Decreto Legislativo N° 1022

Este Decreto Legislativo modifica el artículo 1° de la Ley del Sistema Portuario.

Dice:

"Artículo 10° Administración de Infraestructura Portuaria (…)

10.3 (…) hasta por 60 años (…)"

Debe decir:

"Artículo 10° Administración de Infraestructura Portuaria (…)

10.3 (…) hasta por 30 años (…)"

 

 

X
X