Exoneran pago de diversos derechos a efectos de fomentar realización de actividades culturales / Ordenanza N° 150-MSI

Ordenanza N° 150-MSI

Mediante la presente ordenanza se aprueba la exoneración del pago de los derechos referidos a la autorización para realizar espectáculos públicos no deportivos y/o eventos sociales de carácter temporal, alquiler del auditorio de la biblioteca municipal y alquiler de la sala de conferencias de la biblioteca municipal.

Esta exoneración sólo se refiere al pago de la tasa administrativa respectiva (derecho) y entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre de 2006.

Cabe señalar que la presente ordenanza no exonera a los administrados del pago del Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos. Asimismo, los recurrentes que deseen realizar un evento cultural y/o académico y cobren por las entradas, deberán abonar a favor de la municipalidad el 15% del total de las entradas utilizadas.

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