Excluyen bienes del Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a las operaciones de venta.

D.S. N° 317-2014-EF.-

Excluyen el Apéndice 1 de la Ley N.° 29173 y normas modificatorias, que contiene la relación de bienes cuya venta está sujeta al Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas, los bienes detallados en los numerales 13 al 41 de dicho Apéndice.

El decreto supremo entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2015 y será de aplicación a las operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del Impuesto General a las Ventas se produzca a partir de dicha fecha.

 

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