ESTABLECEN REQUISITOS SANITARIOS ESPECÍFICOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA LA IMPORTACIÓN DE COBAYOS COMO MASCOTAS DOMÉSTICAS PROCEDENTES DE EE.UU. Y ESPAÑA

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 0014-2016-MINAGRI-SENASA-DSA

La, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al País, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia.

 

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fito y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate.

 

Asimismo, la Decisión 515 de la Comunidad Andina (CAN) prescribe que los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias.

 

De esta manera, la Subdirección de Cuarentena Animal de la Dirección de Sanidad Animal, recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de cobayos como mascotas domésticas procedentes de España, así como iniciar la emisión de permisos sanitarios de importación correspondientes a partir de la publicación de la presente Resolución. Por ello, resulta necesario establecer los requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio para la

importación de:

 

a. Anexo I: Cobayos como mascotas domésticas procedentes de Estados Unidos.

b. Anexo II: Cobayos como mascotas domésticas procedentes de España.

 

Los mencionados anexos podrán visualizarse desde la web www.senasa.gob.pe

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