R.D. N° 14-2008-AG-SENASA-DSV
Se han establecido los siguientes requisitos fitosanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de grano pilado de arroz (Oryza sativa) procedentes de Tailandia:
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El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque del producto.
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El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria del país de origen.
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Los productos estarán contenidos en envases nuevos y de primer uso (excepto los productos a granel).
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Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
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El producto fumigado debe tener como período mínimo de aireación de 12 horas previo a la inspección del SENASA.