ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO EN LA IMPORTACIÓN DE SEMILLAS DE ZANTEDESCHIA, DE ORIGEN Y PROCEDENCIA CHILE

RESOLUCION DIRECTORAL N° 0038-2017-MINAGRI-SENASA-DSV

Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de semillas de Zantedeschia, de origen y procedencia Chile

Los requisitos están contemplados en el Artículo Único de la norma, los cuales son:

1.     El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

2.     El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen.

3.     Los envases serán nuevos y de primer uso, debidamente rotulados con la identificación del producto y el país de origen.

4.     Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso al país.

5.     El inspector de Cuarentena Vegetal tomará una muestra del producto importado para que sea remitida a la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del Senasa.

Para más detalle, consulte la norma con darle clic a la resolución.

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