RESOLUCION DIRECTORAL N° 0038-2017-MINAGRI-SENASA-DSV
Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de semillas de Zantedeschia, de origen y procedencia Chile
Los requisitos están contemplados en el Artículo Único de la norma, los cuales son:
1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.
2. El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen.
3. Los envases serán nuevos y de primer uso, debidamente rotulados con la identificación del producto y el país de origen.
4. Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
5. El inspector de Cuarentena Vegetal tomará una muestra del producto importado para que sea remitida a la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del Senasa.
Para más detalle, consulte la norma con darle clic a la resolución.