Establecen Régimen Provisional de Extracción del Recurso Anguila

R.M. N° 353-2012-PRODUCE

02.08.2012

Por medio de la presente norma se da por finalizada la suspensión establecida por la Resolución Ministerial N° 266-2010-PRODUCE, autorizando la actividad extractiva del recurso anguila al sur de los 05° 00 S, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial.

Así mismo, se establece el Régimen Provisional de Extracción de Recurso Anguila, en el marco del cual se desarrollará la actividad extractiva y de procesamiento del referido recurso hasta el 31 de diciembre de 2012, aplicable en todo el ámbito marítimo peruano. Finalmente, se establece la cuota anual de captura del recurso anguila en cinco mil toneladas.

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