ESTABLECEN RÉGIMEN EXCEPCIONAL PARA LA INSCRIPCIÓN EN REGISTRO PARA EL CONTROL DE BIENES FISCALIZADOS Y EN REGISTRO ESPECIAL PARA ZONAS DECLARADAS EN ESTADO DE EMERGENCIA DEBIDO AL FENÓMENO DEL NIÑO

RESOLUCIÓN
N° 052-2016/SUNAT

 

Se debe tener en consideración que
cuando debe entenderse por “Resolución” a la Resolución de Superintendencia N°
173- 2013/SUNAT y normas modificatorias.

Se dispone que excepcionalmente,
los Usuarios que realicen la actividad fiscalizada de servicio de transporte de
gasolinas, gasoholes, diesel y sus mezclas con biodiesel en, desde o hacia las
zonas geográficas sujetas al Régimen Especial para el Control de Bienes
Fiscalizados o al Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos, que
hayan sido declaradas en estado de emergencia como consecuencia de los efectos
del Fenómeno El Niño, pueden inscribirse en el Registro para el Control de los
Bienes Fiscalizados o en el Registro Especial, respectivamente, presentando la
siguiente documentación:

a) Solicitud de inscripción, conforme
al formato anexo que forma parte de la presente resolución, el cual será puesto
a  disposición a través de SUNAT Virtual.

b) Declaración jurada de no tener
antecedentes penales ni judiciales en reemplazo de los documentos detallados en
el inciso a) del numeral 1 del artículo 7 de la Resolución.

c) Fotocopia simple de los documentos
detallados en el numeral 3 del artículo 7 de la Resolución.

Para efecto de dicha inscripción, no
se requiere cumplir con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 4 de la
Resolución.

Los documentos señalados en el
artículo 7 de la Resolución deben ser presentados por los Usuarios a la SUNAT
en el plazo que esta les otorgue en el requerimiento o dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes de culminado el estado de emergencia como consecuencia
de los efectos del Fenómeno El Niño; siendo que, de no presentarse en los plazos
señalados se procede a la baja de su inscripción en el Registro para el Control
de los Bienes Fiscalizados o en el Registro Especial.

Son de aplicación las disposiciones
contenidas en la Resolución en tanto no se opongan a lo dispuesto en la presente
resolución.

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