Establecen que la capacitación de los docentes del magisterio nacional constituye acción prioritaria en el marco de la política social de alcance nacional y el Acuerdo Nacional y disponen la obligator

Decreto de Urgencia N° 002-2007-01-22

Mediante Decreto de Urgencia N° 002-2007-01-22 se estableció que la capacitación de los docentes del magisterio nacional constituye acción prioritaria en el marco de la política social de alcance nacional y el Acuerdo Nacional, y a su vez, una actividad preferente en la implementación de la Mejora de Calidad de Gasto y Gestión.

Será de obligatorio cumplimiento la ejecución de la evaluación censal de los docentes de Educación Básica Regular de los niveles de educación inicial, primaria y secundaria. Serán responsables los Presidentes Regionales, los Directores Regionales de Educación, los Directores de las Unidades de Gestión Educativa Laboral y los Directores de las Instituciones Educativas para que la evaluación censal se lleve a cabo de forma oportuna y transparente.

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