Establecen fecha límite para la presentación de la Declaración – Autoliquidación y Pago de la Contribución Anual por el ejercicio gravable 2019 (Formato AP-1)

Resolución de Superintendente Nº 038-2020-SMV/02

Establecen de manera excepcional, el 30 de junio de 2020, como fecha límite para la presentación de la Declaración – Autoliquidación y Pago de la Contribución Anual por el ejercicio gravable 2019 (Formato AP-1), por parte de los contribuyentes comprendidos en el literal e) del artículo 18 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126.

Las demás obligaciones y procedimientos relacionados con la determinación y pago de las contribuciones reguladas en la normativa se mantienen vigentes.

Precisan que, respecto a la Contribución Anual por el ejercicio gravable 2019, el plazo de siete (7) días, a que se refiere el segundo párrafo del artículo 10 de la Norma sobre Contribuciones por los Servicios de Supervisión que presta la SMV, para que la SMV comunique a las empresas los montos en exceso o en defecto que han pagado con cargo a su contribución, se computará a partir del vencimiento del plazo regulado en el artículo 1° de la presente resolución

Para efectos de la presentación de la Declaración – Autoliquidación y Pago de la Contribución Anual por el ejercicio gravable 2019 cuando en el Formato AP-1, se señala “30 de abril”, debe entenderse que es “30 de junio de 2020”.

Establecen que para el pago a cuenta mensual de los contribuyentes comprendidos en el literal e) del artículo 18 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, correspondiente a los meses de abril y mayo del presente año, deberá utilizarse la información financiera anual auditada del año 2018 presentada a la SMV, cuando al cierre de cada uno de los meses señalados, no se cuente con dicha información del año 2019 presentada a la SMV.

La resolución no modifica los alcances de lo establecido en la Resolución de Superintendente N° 034-2020-SMV/02.

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