ESTABLECEN FACILIDADES EXCEPCIONALES PARA LOS DEUDORES TRIBUTARIOS DE LAS ZONAS DECLARADAS EN ESTADO DE EMERGENCIA POR LOS DESASTRES NATURALES OCURRIDOS DESDE ENERO DE 2017

RESOLUCIÓN DE
SUPERINTENDENCIA

N° 100-2017/SUNAT

Mediante la presente
Resolución, se otorgan facilidades excepcionales para el cumplimiento de
obligaciones tributarias ante la SUNAT y se regula un procedimiento especial
para facilitar la presentación de la solicitud de libre disposición de los
montos depositados en las cuentas del Banco de la Nación, debido al estado de
emergencia por los desastres naturales declarados mediante decretos supremos
publicados desde el 1 de enero hasta el 7 de abril de 2017, siendo que se
encuentran comprendidos en la presente resolución, los deudores tributarios que
tengan su domicilio fiscal en una zona declarada en emergencia por desastre a
la fecha de publicación del decreto supremo que declara dicho estado, con
excepción de los que pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales
Contribuyentes Nacionales.

 

Asimismo, se establece
el cronograma especial de vencimiento de obligaciones tributarias y se
establece la prórroga de las fechas de vencimiento para la presentación de la
declaración de predios y para la los
plazos para enviar a la Sunat las declaraciones informativas y comunicaciones
del sistema de emisión electrónica

 

Todo lo anterior se
encuentra detallado en el Diario Oficial EL Peruano, además de otras
disposiciones.

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