Establecen disposiciones respecto a la participación de usuarios de agua hábiles en el proceso electoral de las juntas de usuarios y comisiones de regantes

R.J. N° 0619-2009-ANA

Se establece que los comités electorales de las comisiones de regantes deberán incorporar en los Padrones Electorales a los usuarios de agua que no estando inscritos en el Registro administrativo de Derechos de Uso de Agua, se encuentren al día en el pago de la retribución económica por el uso del agua y de las tarifas por la utilización de la infraestructura hidráulica.

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