Establecen disposiciones para solicitar prórroga del plazo para el embarque de mercancías con destino al exterior.

Circular N° 003-2008-SUNAT/A.

La norma establece las disposiciones necesarias para solicitar prórroga del plazo para el embarque de mercancías con destino al exterior.

Así, se dispone que las mercancías de exportación deben embarcarse dentro del plazo de diez (10) días, contados a partir del día siguiente de la numeración de la declaración única aduanera (DUA), pudiendo prorrogarse automáticamente por diez (10) días adicionales, a solicitud del interesado.

La presente disposición entrará en vigencia a partir del 9 de junio de 2008.

X
X