Establecen disposiciones para la restricción en la circulación de vehículos especiales, vehículos que transportan mercancía especial, vehículos que transportan mercancías y otros, en diversas vías.

R.D.
Nº 5709-2015-MTC/15.

Durante el año
2016, se restringe la circulación de los vehículos en la Ruta Nacional PE-22
(Carretera Central), en el tramo comprendido desde el kilómetro 23 hasta la
ciudad de La Oroya y viceversa.

Esta
restricción se da respecto a los Vehículos especiales, vehículos que
transportan mercancía especial, las combinaciones vehiculares especiales (bitrenes)
menores a 4 metros de ancho y/o menores a 60 toneladas de carga; los cuales
circularán, de lunes a jueves, sólo con autorización de PROVIAS NACIONAL y
hasta un máximo de 50 vehículos por día, y de viernes a domingos, está
prohibida la circulación de estos vehículos. Asimismo, con respecto de los
Vehículos con más de 4 metros de ancho y/o con más de 60 toneladas de carga;
los cuales circulan, de lunes a jueves, sólo con autorización de PROVIAS
NACIONAL y hasta un máximo de 1 vehículo por día; y de viernes a domingos, está
prohibida la circulación de estos vehículos.

Restringen la
circulación de los vehículos que se señalan en las líneas de abajo, en la Ruta
Nacional PE- 22 (Carretera Central), en el tramo comprendido desde el kilómetro
23 hasta la ciudad de La Oroya y viceversa, durante los días 24, 27 y 31 de
diciembre de 2015, y 3 de enero de 2016, de los vehículos que transportan
mercancías no perecibles; y, durante los días 23, 24, y 31 de diciembre de
2015, de los vehículos especiales, los vehículos que transportan mercancía
especial, las combinaciones vehiculares y los vehículos con más de 4 metros de
ancho y/o con más de 60 toneladas.

La restricción
dispuesta en el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 5197-2014-MTC/15, se
mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2015. Asimismo, el lugar de la
restricción de la circulación de vehículos dispuesta, será conforme al detalle
que se expone en la presente Resolución.

Disponen la
publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial “El
Peruano”, y en las páginas Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
(http://www.mtc.gob.pe), del Proyecto Especial de Infraestructura del
Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL (http://www.proviasnac.gob.pe), y de la
Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías –
SUTRAN (http://www.sutran.gob.pe).

La Resolución
Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario
ofi cial “El Peruano”.

 

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