Resolución Ministerial Nº 509-2008-PRODUCE.
La presente norma reconoce la existencia de un saldo de captura de 146 790 toneladas del recurso anchoveta proveniente de la cuota de captura prevista en el literal a) del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 434-2008-PRODUCE, y dispone que la cuota de captura prevista en el literal b) del artículo 2º de le referida resolución sea de 1 146 790 toneladas, la misma que incluye el saldo de cuota anterior.