Establecen como nuevas advertencias sanitarias los gráficos de las páginas 26 y 29 de la “Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillo

R.M. Nº 607-2013/MINSA

Establecen como nuevas advertencias sanitarias los gráficos de las páginas veintiséis (26) y veintinueve (29) de la “Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco”, aprobada por el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 469-2011/MINSA, las cuales deben consignarse en los envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco, en el plazo de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Asimismo, encargan a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de internet del Ministerio de Salud en la dirección electrónica:

htpp://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp.

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