Eliminan requisito contenido en diversos procedimientos administrativos y el procedimiento 32.5 del TUPA de la Municipalidad denominado “Renovación de la Autorización de ubicación de Anuncios o avisos publicitarios en unidades móviles”

DECRETO DE ALCALDÍA N° 020

Mediante Decreto, se elimina el requisito denominado “Copia de la Autorización Municipal de Funcionamiento, si se ubica en un establecimiento que opera fuera de la jurisdicción del Municipio donde se tramita la solicitud” contenido en los siguientes procedimientos administrativos del TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano:

– En el procedimiento N° 32.2 “Ubicación del panel simple, paleta, escaparate, marquesina, aerostático, cartelera, valla, banderola, aviso volumétrico y aviso ecológico”.

– Del procedimiento N° 32.3 “Ubicación de paneles monumentales, unipolares, tótem y publicidad en mobiliario urbano”.

– Del procedimiento N° 32.4 “Publicidad de elementos móviles”.

Quedando conforme se detalla en el Anexo N° 01, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

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