Eliminan el procedimiento excepcional para la asociación o incorporación definitiva de PMCE del recurso Anchoveta aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2010-PRODUCE e incorporan disposiciones en el

D.S. N° 014-2014-PRODUCE.-

Eliminan el procedimiento excepcional de asociación o incorporación definitiva de PMCE del recurso Anchoveta creado por Decreto Supremo N° 006-2010-PRODUCE y establecer disposiciones para la regulación de los procedimientos administrativos que se encuentran en trámite en el marco de dicha normativa.

Mejoran las condiciones para lograr la eficiencia de la flota pesquera de extracción del recurso Anchoveta con destino al consumo humano indirecto, a través del procedimiento de autorización de incremento de flota en sustitución de una embarcación no siniestrada, cuya propiedad ha sido transferida, para asociar o incorporar el PMCE de esa embarcación a otra u otras embarcaciones pesqueras del mismo armador, sin necesidad de construir o adquirir una nueva embarcación pesquera o ampliar la capacidad de bodega de otra.

Asimismo derogan los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto Supremo N° 006-2010-PRODUCE así como el Decreto Supremo N° 009-2011-PRODUCE que lo modifica, que establecen y regulan el procedimiento excepcional para la asociación o incorporación definitiva de PMCE del recurso Anchoveta de una embarcación a otra del mismo armador.

Finalmente, incorporan los párrafos en el artículo 16 del Reglamento de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE

 

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