Disposiciones especiales temporales en la aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos

D.S. N° 037-2008-EM
 
Hasta el 31 de diciembre de 2009 queda en suspenso la aplicación de los numerales 5.1(Tensión), 5.2 (Frecuencia) y 8.1 (Deficiencias del alumbrado público), así como el control de las interrupciones por rechazos de carga, cuya causa sea la generación, a que se refiere la Décimo Tercera Disposición Final de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos (NTCSE), aprobada por D.S. N° 020-97-EM.

En las zonas de concesión de distribución eléctrica localizadas en las provincias de Cañete, Chincha, Pisco e Ica, se  mantiene en suspenso la aplicación del numeral 7.3(Precisión de medida de la energía) de la NTCSE desde el 1 de julio de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2009.  Asimismo, en las mismas zonas de concesión y durante el mismo período, la NTCSE se aplica con algunas normas excepcionales.

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