R.M. Nº 129 – 2011 – PRODUCE
Mediante esta norma se dispone que los titulares de los permisos de pesca de las embarcaciones sujetas al régimen de la Ley Nº 26920, comunicarán de manera individual a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, su voluntad de continuar con la excepción dispuesta en la Primera Disposición Complementaria Final del D.S. Nº 021 – 2008 –PRODUCE.