Disponen suscripción previa de Convenio de Abastecimiento de anchoveta para consumo humano directo a cargo de armadores de embarcaciones pesqueras artesanales y de plantas pesqueras

Resolución Ministerial N° 218-2009-PRODUCE

Se dispone que los armadores de las embarcaciones pesqueras artesanales, que cuenten con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta (Engraulis rongens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), y las plantas pesqueras destinadas a la elaboración de productos pesqueros del enlatado, congelado y curado para consumo humano, que cuenten con licencia de operación vigente, deberán suscribir, en forma previa a la realización de las actividades de extracción y procesamiento pesquero de dicho recurso, el Convenio de Abastecimiento de anchoveta para consumo humano directo.

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