Disponen que la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, desarrolle dentro de su competencia técnica y normativa las actividades de vigilancia sanitaria inherentes a los piensos e ingredi

R.D. N° 0052-2015-MINAGRI-SENASA-DIAIA.-

Disponen que la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria del SENASA, desarrolle dentro de su competencia técnica y normativa las actividades de vigilancia sanitaria inherentes a los piensos e ingredientes de los piensos, de producción nacional o extranjera; enmarcada en la Ley de Inocuidad de los Alimentos y demás disposiciones legales que de ella se derivan.

La Subdirección de Insumos Pecuarios continuará desarrollando las competencias establecidas en los dispositivos legales vigentes sobre la materia, con excepción de las actividades relacionadas a los piensos e ingredientes de piensos.

Los registros sanitarios expedidos por el SENASA para los piensos, antes de la entrada en vigencia de la Resolución, mantendrán su vigencia hasta que se emitan las nuevas disposiciones que regulen la seguridad de los piensos, en el marco de lo establecido en la Ley de Inocuidad de los Alimentos, Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos y Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria.

Las disposiciones contenidas en la Resolución son vigentes a partir del día siguiente de su suscripción.

X
X