Res. N° 346-2013-SUNARP/PT.-
Disponen la publicación de los precedentes de observancia obligatoria aprobados en la sesión ordinaria del Centésimo Décimo Quinto Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP, realizado los días 12 y 13 de diciembre de 2013, los temas tratados en la sesión señalada son los siguientes:
TEMA: INMATRICULACIÓN
SUMILLA:
PRECISIÓN DE TOLERANCIA EN INMATRICULACIONES
“En el caso de inmatriculaciones que colinden con predios no inscritos y no coincidan los valores del plano con los del título de propiedad, procede la inmatriculación conforme al área del plano, siempre que el área de catastro determine que se trata del mismo predio. En estos casos se aplica la tolerancia, prescindiendo de los rangos establecidos en la Directiva N° 01-2008-SNCP/CNC”. Criterio sustentado en la Resolución Nº 486-2010- SUNARP-TR-T del 03/12/2010.
TEMA: RECTIFICACIÓN DE ÁREA
SUMILLA:
PRECISIONES AL PRECEDENTE SOBRE RECTIFICACIÓN DE ÁREA POR ERROR DE CÁLCULO
No procede la rectificación de área, con la sola presentación de plano visado por la municipalidad, en supuestos distintos al error de cálculo. También procede la rectificación por error de cálculo respecto de predios rurales, para lo cual se adjuntará la documentación a que se refiere el artículo 20 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. No procede la rectificación por error de cálculo si el área de catastro no puede determinar si los linderos, medidas perimétricas y ubicación espacial del predio han sufrido variación.
Asimismo, señalar que la Resolución contiene la publicación del acuerdo plenario que deja sin efecto el precedente de observancia obligatoria adoptado en la sesión del Centésimo Décimo Quinto Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP, realizado los días 12 y 13 de diciembre de 2013.