Disponen publicación de la relación de agencias Marítimas, Fluviales y Lacustres así como de Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba con licencias prorrogadas y con nuevas licencias para eje…

Res. N° 366-2013-APN/GG

Publican la relación de las Agencias Marítimas, Fluviales y Lacustres señaladas en el Anexo 1, que forma parte de la presente resolución, y las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba señaladas en el anexo 2, que forma parte de la presente resolución, a las que se les ha otorgado la prórroga de sus respectivas licencias, para que continúen ejerciendo legalmente sus actividades, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2013, en los puertos que se específica en cada caso.

Dan a conocer la relación de las agencias Marítimas, Fluviales y Lacustres señaladas en el anexo 3, que forma parte de la presente  Resolución y las Empresas y Cooperativas de estiba y Desestiba señaladas en el anexo 4, que forma parte de la presente resolución, a las que se les ha otorgado nuevas licencias para ejercer sus actividades hasta el 31 de diciembre de 2013.

Los anexos 1, 2, 3, 4 que forman parte de la presente Resolución serán publicados en el Portal Electrónico de la Autoridad Portuaria Nacional (www.apn.gob.pe) , en la misma fecha de la publicación en el Diario Oficial El Peruano.

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