Disponen mantener las Preferencias Arancelarias a Venezuela.


D.S N° 004-2011-MINCETUR

Por la presente norma se dispone mantener las Preferencias Arancelarias a Venezuela a las que se refiere el artículo 135 del Acuerdo de Cartagena,  a partir del 22 e abril de 2011, por un plazo de 90 días prorrogables.

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