R.J. N° 021-2015-INEI.-
Disponen, la continuidad de la ejecución de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, durante el año 2015, para elaborar el Índice Unificado de Flete Terrestre; dirigida a las empresas y agencias de transporte, en Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao. Estará a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
Aprueban, los formularios de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, para elaborar el Índice Unificado de Flete Terrestre (código 32), los que forman parte de la Resolución. La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), mediante oficio remitirá los formularios a las empresas y agencias de transporte seleccionadas, para ser diligenciados y remitidos al INEI.
*Establecer, como plazo máximo para la entrega del formulario diligenciado con la información al último mes de cada trimestre, los primeros cinco días útiles de finalizado el trimestre.
Sanción a los establecido: conforme a lo dispuesto en los artículos 87º, 89º, 90º y 91º del Decreto Supremo Nº 043- 2001-PCM.