DISPONEN HABILITAR LOS DÍAS SÁBADOS, DOMINGOS Y FERIADOS PARA EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE INTERPOSICIÓN DE RECURSOS IMPUGNATORIOS EN CONTRA DE LAS DECISIONES EMITIDAS POR EL JURADO ELECTORAL ESPECIAL

DISPONEN
HABILITAR LOS DÍAS SÁBADOS, DOMINGOS Y FERIADOS PARA EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE
INTERPOSICIÓN DE RECURSOS IMPUGNATORIOS EN CONTRA DE LAS DECISIONES EMITIDAS
POR EL JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO 1, EN EL MARCO DEL PROCESO DE
LAS ELECCIONES GENERALES 2016

 

JURADO ELECTORAL ESPECIAL

DE LIMA CENTRO 1

AUTO Nº 1

 

1. Se habilitan los días sábados, domingos y feriados
para el cómputo del plazo de interposición de recursos impugnatorios en contra
de las decisiones emitidas por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1,
en el marco del proceso de Elecciones Generales 2016.

2. Se precisa que para la presentación del recurso de
impugnación, se deberá cumplir con adjuntar el pago de la tasa correspondiente,
y la constancia de habilitación del abogado que suscribe el recurso.

3. Se dispone la publicación de la presente resolución
en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del
Jurado Nacional de Elecciones, para conocimiento de las organizaciones
políticas.

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