Disponen aplicar derechos antidumping definitivos a las importaciones de biodiesel puro y de las mezclas que contengan una proporción mayor al 50% de biodiesel en su composición, originario de EE.UU.

Res. Nº 116-2010/CFD-INDECOPI

Se aplican derechos antidumping definitivos a las importaciones de biodiesel puro (B100) y de las mezclas que contengan una proporción mayor al 50% de biodiesel (B50) en su composición, originario de los Estados Unidos de América.

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