Determinan que el OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades de biocombustible y petroquímica intermedia

Determinan que el OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final.

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 036-2015-OEFA/CD.

Determinan que a partir del 28 de agosto del 2015, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades de biocombustible (biodiesel 100 y alcohol carburante) y petroquímica intermedia y final.

Disponen la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (www.oefa.gob.pe); y encargan a la Secretaría General que solicite al Ministerio de la Producción – PRODUCE y al Ministerio del Ambiente – MINAM la publicación de la Resolución en sus respectivos portales institucionales. 

 

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