Determinan que el OEFA asume funciones de seguimiento, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de diversas actividades manufactureras del Sector Industria

Resolución
de consejo Directivo Nº 048-2015-OEFA/CD

Determinan
que a partir del 14 de diciembre del 2015, el Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental – OEFA asume las funciones de seguimiento, supervisión,
fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las
actividades manufactureras del Sector industria previstas en la División 15:
“1551 Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas; producción de
alcohol etílico a partir de sustancias fermentadas”, “1552 Elaboración de
vinos” y “1554 Elaboración de bebidas no alcohólicas; producción de aguas
minerales”.

Disponen
la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en
el Portal institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental –
OEFA (www.oefa.gob.pe).

Encargan
a la Secretaría General que solicite al ministerio de la Producción – PRODUCE y
al ministerio del Ambiente – MINAM, la publicación de la Resolución en sus
respectivos portales institucionales.

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