RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 203-2015/SUNAT
Artículo Único.- SE DESIGNAN EMISORES ELECTRÓNICOS A PARTIR DE JULIO Y DICIEMBRE DE 2016
Designan como emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica, creado por el artículo 1° de laResolución de Superintendencia N.° 300-2014/SUNAT y normas modificatorias, siempre que la SUNAT no leshubiera asignado dicha calidad a la fecha de entrada en vigencia de la referida resolución:
1. Desde el 15 de julio de 2016, a los sujetos que, al 31 de julio de 2015, tengan la calidad de principalescontribuyentes nacionales.
2. Desde el 1 de diciembre de 2016, a los sujetos que, al 31 de julio de 2015:
a) Tengan la calidad de principales contribuyentes de la Intendencia Lima.
b) Tengan la calidad de principales contribuyentes de las intendencias regionales y oficinas zonales.
Los sujetos señalados en el párrafo anterior deben emitir facturas electrónicas, boletas de venta electrónicas, notas de crédito electrónicas y notas de débito electrónicas en el referido sistema, considerando lo normado en los incisos a) y b) del numeral 3.1 del artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N.° 300-2014/SUNAT, el tercer párrafo de ese numeral, los numerales 3.2 y 3.3 de ese artículo y los artículos 2°, 4° y 4°-A de la misma resolución, en lo pertinente.
La lista de sujetos designados a partir del presente artículo obrará en el Portal de la SUNAT en la internet, cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe, desde el 15 de agosto de 2015.