Delegan a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos la facultad de resolver en segunda instancia las impugnaciones contra actos administrativos expedidos por la Administración Local de Agua

R.J. N° 210-2010-ANA

Se delega a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos la facultad de resolver en segunda instancia las impugnaciones contra actos administrativos expedidos por las Administraciones Locales de Agua, extendiéndose dicha delegación a la facultad de declarar nulidades de oficio cuando corresponda.

 

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