Decreto Supremo que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de las Elecciones Generales 2016

 

 

DECRETO SUPREMO Nº
004-2016-TR

 

Habiéndose convocado a Elecciones Generales 2016 para elegir Presidente
de la República, Vicepresidentes, Congresistas de la República y Representantes
ante el Parlamento Andino, a llevarse a cabo el día 10 de abril de 2016; Y,
teniéndose en cuenta que los cargos de miembros de mesa son irrenunciables (De
acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones) y resultan de vital importancia para
el correcto desarrollo de las Elecciones generales en vías de salvaguardar la
democracia en este acto electoral, resulta necesario declarar el lunes 11 de
abril de 2016 como día no laborable de naturaleza compensable para los
ciudadanos que ejerzan de manera efectiva el cargo de miembro de mesa,
independientemente de su condición de titulares, suplentes o electores que
hayan asumido como reemplazantes de los designados, para dicho efecto los
empleadores de los sectores público y privado deberán adoptar las medidas
pertinentes para el cumplimiento de lo establecido.

Asimismo se les emitirá un Certificado de Participación El día de las
Elecciones Generales 2016 por haber cumplido con su deber cívico, el cual
deberá ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores,
para gozar del beneficio señalado anteriormente.

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