DECRETO SUPREMO
Nº 067-2017-PCM
Mediante el presente decreto se establece el plazo para la
interoperabilidad de las entidades de la administración pública distintas a las
comprendidas en el Poder Ejecutivo, así como emitir otras disposiciones para la
implementación de la interoperabilidad regulada por el Decreto Legislativo N°
1246.
Las entidades de la Administración Pública distintas a las comprendidas
en el Poder Ejecutivo implementan la interoperabilidad a que hace referencia el
numeral 3.4 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1246, en un plazo de
cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación del presente Decreto Supremo.
En el caso de los Gobiernos Locales, los plazos de implementación,
contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto
Supremo, son los siguientes:
a. Gobiernos Locales de ciudades principales tipo A (según Anexo A): 120
días hábiles.
b. Gobiernos Locales de ciudades principales tipo B (según Anexo B): 180
días hábiles.