DECRETO SUPREMO QUE DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA EN LOCALIDADES DE 16 COMUNIDADES DEL DISTRITO DE MORONA EN LA PROVINCIA DEL DATEM DEL MARAÑÓN EN EL DEPARTAMENTO DE LORETO

DECRETO SUPREMO


012-2016-PCM

1. Se declara el Estado de Emergencia,
por el plazo de sesenta (60) días calendario, en las localidades de las
comunidades de Nueva Vida, Puerto América, Puerto Libre, Puerto Alegría, Nuevo
Milagro, Nuevo Paragua, Luz del Oriente, Nuevo Porvenir, Dos Hermanos, Vista Alegre,
Nuevo Unión, Tierra Blanca, Copales Unidos, San José de Paragua, Bancal, y
Yamacay del distrito de Morona, provincia del Datem del Marañón, departamento
de Loreto, por impacto de daños originados por el derrame de petróleo crudo del
Ramal Norte del Oleoducto Nor Peruano ocurrido en la quebrada de Cashacaño.

2. El Gobierno Regional de Loreto, la
Municipalidad Provincial de Datem del Marañón y la Municipalidad Distrital de
Morona, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI y
la participación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del
Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de
la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Energía y Minas, del
Ministerio del Ambiente, del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior
y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y demás Instituciones
públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro de sus
competencias; ejecutarán las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y
rehabilitación en la zona afectada, acciones que pueden ser modificadas de
acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando
durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades
competentes.

3. La implementación de las acciones
previstas en el presente Decreto Supremo, se financian con cargo al presupuesto
institucional de los pliegos involucrados, en el marco de las Leyes Anuales de
Presupuesto y de conformidad con la normatividad vigente.

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