DECRETO SUPREMO QUE DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA EN EL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS

 

DECRETO SUPREMO


014-2016-PCM

1. Se declara el Estado de Emergencia,
por el plazo de sesenta (60) días calendario, en las localidades de Chiriaco,
Chipe, Villa Hermosa, Inayo, Wachins, Nazareth, Pakun, Wachapea, Nuevo Progreso
y Samaren, distrito de Imaza, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, por
impacto de daños originados por el derrame de petróleo crudo del Tramo II del
Oleoducto Nor Peruano.

2. El Gobierno Regional de Amazonas, la
Municipalidad Provincial de Bagua y la Municipalidad Distrital de Imaza, con la
coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil –
INDECI y la participación del Ministerio de Defensa, del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio
de Agricultura y Riego, del Ministerio de Cultura, del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del
Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio del Ambiente, del Ministerio del
Interior, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de
la Producción; y, demás Instituciones públicas y privadas involucradas, en
cuanto les corresponda en el marco de sus competencias; ejecuten las acciones
inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas,
acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de
seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los
estudios técnicos de las entidades competentes.

3. La implementación de las acciones
previstas en el presente Decreto Supremo, se financian con cargo al presupuesto
institucional de los pliegos involucrados, en el marco de las Leyes Anuales de
Presupuesto y de conformidad con la normatividad vigente.

4. El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa,
el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Salud, el
Ministro de Agricultura y Riego, la Ministra de Cultura, la Ministra de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social,
la Ministra de Energía y Minas, el Ministro del Ambiente, el Ministro del
Interior, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de la
Producción.

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