DECLARAN COMO BARRERAS BUROCRÁTICAS ILEGALES A DIVERSAS MEDIDAS CONTENIDAS EN LA ORDENANZA N° 037-MDB, EMITIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA

RESOLUCION N° 0509-2017/CEB-INDECOPI

La presente norma declara como barreras burocráticas ilegales a diversas medidas contenidas en la ordenanza n° 037-mdb, emitida por la municipalidad distrital de breña. Esta indica que el requisito de copia del documento de identidad del representante legal de la persona jurídica para la tramitación del procedimiento de “Autorización de publicidad exterior en áreas de dominio privado” constituye una transgresión de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1246 debido a que está prohibido pedir la copia del documento de identidad para trámites administrativos. Igualmente la imposición de un plazo máximo de vigencia de un año de las autorizaciones para la instalación de elementos de publicidad exterior en áreas de dominio privado, consignada el artículo 13 de la Ordenanza Nº 037-MDB en la medida que constituye una vulneración de lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 27444, debido a que la Municipalidad no está autorizada por una ley para imponer el referido plazo. Por último la exigencia de tramitar una nueva autorización cada vez que las empresas que venden publicidad cambien el diseño gráfico del anuncio, consignada en la Ordenanza Nº 037-MDB , toda vez que constituye una transgresión de lo dispuesto en la Ley Nº 27972, la Ordenanza Nº 1094 y del Decreto Legislativo N° 1044, debido a que la Municipalidad no cuenta con competencias para normar dichos anuncios, sino el INDECOPI.

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