Dec. Leg. que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público – Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada.

Decreto Legislativo N° 1012.

Se ha dispuesto aprobar la Ley Marco de Asociaciones Público – Privadas para la generación del Empleo Productivo y dictar normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada.

El objeto de la presente norma es establecer los principios, procesos y atribuciones del Sector Público para la evaluación, implementación y operación de infraestructura pública o la prestación de los servicios públicos, con participación del sector privado, así como establecer el marco general aplicable a las iniciativas privadas.

El ámbito de aplicación de esta norma alcanza a las entidades públicas pertenecientes al Sector Público No Financiero (según lo establecido en el anexo de definiciones de la Ley Nº 27245 Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal).

Es de resaltar que esta Ley Marco de Asociaciones Público – Privadas para la generación del Empleo Productivo define a las Asociaciones Público – Privadas (APP) como modalidades de participación de la inversión privada en las que se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología, y se distribuyen riesgos y recursos, preferentemente privados, con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública o proveer servicios públicos. Asimismo se señala que la participación en una APP es como sigue: El Estado, a través de alguna de las entidades públicas que están dentro del ámbito de aplicación de la norma; y, uno o más inversionistas privados.

Finalmente, la norma consta de cuatro (4) títulos, siendo que los Títulos I, II y III entraran en vigencia recién a partir del día siguiente de la publicación del Reglamento, el mismo que deberá ser dictado por decreto supremo en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles desde la publicación del presente decreto legislativo. Las demás disposiciones entrarán en vigencia desde el 14 de mayo de 2008.

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