Dan por finalizada la veda reproductiva del recurso merluza dispuesta por R.M. N° 047-009-PRODUCE

R.M. N° 145-2009-PRODUCE
 
Se ha dado por finalizada la veda reproductiva del recurso merluza dispuesta por R.M. N° 047-009-PRODUCE. Por ello, se reinicia, a partir de las 00:00 horas del sábado 4 de abril de 2009, las actividades de extracción del recurso en mención (merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 05°30´00” Latitud Sur. Sin embargo, se prohibe su extracción en el área marítima ubicada al sur del paralelo 05°30´00” Latitud Sur. Dicha prohibición comprende el desarrollo de actividades de la flota arrastrera de mayor escala (industrial) y menor escala.

La actividad pesquera artesanal está exceptuada de tal prohibición; por tanto, las embarcaciones de pesca artesanal continuarán ejerciendo la actividad extractiva del recurso siempre que cuenten con permisos de pesca vigente y utilicen espinel o palangre en sus operaciones. Sin embargo, dichas embarcaciones se encuentran prohibidas de utilizar artes o aparejos distintos a los antes mencionados.

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