D.S. N° 326-2015-EF.

Aprueban
Decreto Supremo que fija el monto máximo total deducible de acuerdo a lo
establecido en la Ley N° 30309 – Ley que promueve la investigación científica,
desarrollo tecnológico e innovación tecnológica.

Establecen el monto máximo
total que las empresas podrán deducir en conjunto en función al tamaño de la
empresa, así como las reglas aplicables a dicho monto.

Fijan el monto máximo total a
que se refiere el segundo párrafo del artículo 6° de la Ley N° 30309 – Ley que
promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación
tecnológica, para los años 2016, 2017, 2018 y 2019 en 57 500 000, 114 800 000,
155 200 000 y 207 200 000, respectivamente. Especificando que para las
microempresas y pequeñas empresas se destinará como mínimo el 10% del monto
máximo total anual deducible; y, para efecto de lo señalado anteriormente se
tendrán en cuenta las categorías empresariales previstas en el artículo 5° del
Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al
Crecimiento Empresarial aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE.

El Decreto Supremo entrará en
vigencia a partir del 1 de enero de 2016.

 

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