Consolidan facultades del Ejecutor Coactivo del OEFA y precisan normatividad aplicable en procedimiento de ejecución coactiva de las obligaciones no tributarias y tributarias exigibles coactivamente.

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 091-2015-OEFA/PCD.

El Ejecutor Coactivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA es el titular del Procedimiento de Ejecución Coactiva y efectúa la cobranza coactiva de las obligaciones de naturaleza no tributaria y tributaria de la Entidad, de conformidad con la legislación de la materia.

Disponen la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (www.oefa.gob.pe).

X
X